Recibir una orden de alejamiento supone entrar en un territorio desconocido para muchas personas. El miedo, la confusión y la incertidumbre se apoderan de quien debe enfrentarse a esta situación. Qué mensajes están prohibidos con orden de alejamiento es una de las dudas más frecuentes que escucho en mi despacho, y entiendo perfectamente esa preocupación. La línea entre un simple «hola» y un delito de quebrantamiento puede ser más delgada de lo que imaginas. Te prometo que, tras leer este artículo, tendrás claridad sobre qué comunicaciones están vetadas y cómo evitar problemas legales mayores.
Comunicaciones prohibidas bajo una orden de alejamiento: ¿qué mensajes no puedes enviar?
Como abogado especializado en derecho penal, he visto demasiados casos donde una persona acaba detenida por no entender el alcance real de una orden de alejamiento. En esencia, cualquier tipo de comunicación está prohibida cuando existe esta medida judicial. Esto incluye:
- Mensajes de texto o WhatsApp
- Llamadas telefónicas
- Correos electrónicos
- Mensajes en redes sociales (incluso indirectos)
- Notas escritas o cartas
- Comunicación a través de terceras personas
La orden de alejamiento establece una prohibición total de comunicación, independientemente del contenido del mensaje. Esto significa que da igual si escribes para pedir perdón, para hablar de los hijos comunes o incluso para desear feliz cumpleaños. Todos estos mensajes están vetados y pueden constituir un delito de quebrantamiento según el artículo 468 del Código Penal.
¿Qué ocurre si envío mensajes estando vigente una orden de alejamiento?
Las consecuencias de quebrantar una orden de alejamiento mediante el envío de mensajes son serias. En mi experiencia defendiendo a personas en esta situación, puedo asegurarte que los tribunales no suelen ser indulgentes. El quebrantamiento puede acarrear:
- Pena de prisión de 6 meses a 1 año (en casos de violencia de género o doméstica)
- Multa de 12 a 24 meses en otros supuestos
- Agravamiento de las medidas de protección existentes
- Antecedentes penales
Recuerdo el caso de Carlos (nombre ficticio), quien envió un simple mensaje diciendo «Necesitamos hablar sobre los niños». Ese único mensaje le costó una condena de 7 meses de prisión por quebrantamiento. La intención no importa cuando se trata de mensajes prohibidos por una orden de alejamiento.
Tipos de mensajes que generan más problemas legales
Aunque todos los mensajes están prohibidos, hay algunos que, por su naturaleza, suelen generar consecuencias más graves:
- Mensajes amenazantes o intimidatorios
- Comunicaciones que muestran seguimiento o control de la víctima
- Mensajes reiterados (insistencia)
- Comunicaciones que mencionan la orden de alejamiento o el procedimiento judicial
La Sentencia del Tribunal Supremo 1010/2012, de 21 de diciembre, establece claramente que el consentimiento de la víctima no exime de responsabilidad penal al que quebranta la orden. Por tanto, incluso si la otra persona te responde o inicia la comunicación, sigues estando obligado a no contestar.
Excepciones a la prohibición de comunicación en órdenes de alejamiento
¿Existen situaciones donde sí puedes comunicarte a pesar de una orden de alejamiento? La respuesta es: muy pocas, y siempre deben estar expresamente autorizadas por el juez. Las más comunes son:
Comunicaciones autorizadas judicialmente
En algunos casos, especialmente cuando hay hijos en común, el juez puede establecer excepciones específicas a la prohibición de mensajes bajo orden de alejamiento. Estas suelen ser:
- Comunicación a través de abogados o procuradores
- Uso de aplicaciones específicas supervisadas (como AppFamily)
- Comunicación limitada a temas concretos (régimen de visitas, cuestiones médicas de los hijos, etc.)
En mi experiencia profesional, siempre recomiendo que estas excepciones queden perfectamente documentadas y que se sigan al pie de la letra. Un mensaje que se salga del ámbito autorizado puede considerarse quebrantamiento.
¿Qué hacer si la persona protegida te contacta estando vigente la orden?
Esta es una situación más común de lo que parece y tremendamente peligrosa desde el punto de vista legal. Si la persona protegida por la orden te contacta:
- No respondas bajo ningún concepto
- Guarda pruebas de esos intentos de comunicación
- Consulta inmediatamente con tu abogado
- Valora solicitar la modificación de la medida si la situación ha cambiado
Como abogado que ha asistido a decenas de detenidos, considero clave entender que el quebrantamiento es un delito objetivo: no importa quién inició la comunicación, si respondes, estarás cometiendo un delito.
Comunicaciones indirectas: ¿están prohibidos los mensajes a través de terceros?
Otro aspecto que genera muchas dudas sobre qué tipo de mensajes están prohibidos con una orden de alejamiento son las comunicaciones indirectas. La respuesta es clara: también están prohibidas. Esto incluye:
- Pedir a amigos o familiares que transmitan mensajes
- Publicaciones en redes sociales dirigidas claramente a la persona protegida
- Enviar regalos o paquetes con notas
- Comunicarse a través de los hijos comunes
La jurisprudencia ha sido consistente en este punto. La Audiencia Provincial de Madrid, en su sentencia 615/2018, condenó a un hombre que utilizó a su madre para hacer llegar mensajes a su expareja, considerando que constituía quebrantamiento indirecto de la orden de alejamiento.
Preguntas frecuentes sobre mensajes prohibidos en órdenes de alejamiento
¿Puedo felicitar a la persona protegida en fechas señaladas?
No. Aunque parezca un gesto inocente, cualquier tipo de comunicación, incluidas felicitaciones de cumpleaños, Navidad o aniversarios, está prohibida y constituye quebrantamiento. He visto casos donde un simple «Feliz cumpleaños» ha terminado en detención.
¿Qué ocurre si nos encontramos por casualidad y hablamos?
Si el encuentro es verdaderamente casual, debes alejarte inmediatamente sin establecer comunicación. Si inicias una conversación, estarás quebrantando la orden. El artículo 468 del Código Penal no distingue entre comunicaciones planificadas o casuales.
¿Puedo responder si me contacta para reconciliarnos?
No. Aunque la otra persona quiera reconciliarse, la orden sigue vigente hasta que un juez la revoque. Responder a estos mensajes constituye quebrantamiento. Lo correcto es acudir a tu abogado para solicitar la modificación o levantamiento de la medida.
Conclusión: la importancia de respetar totalmente la prohibición de comunicación
Entiendo que resulta difícil cortar toda comunicación con alguien que ha sido importante en tu vida, especialmente cuando hay hijos, propiedades o asuntos pendientes. Sin embargo, los mensajes prohibidos bajo una orden de alejamiento incluyen absolutamente cualquier tipo de comunicación.
En mis años de ejercicio profesional, he visto cómo un simple mensaje puede complicar enormemente la situación legal de una persona. Si te encuentras bajo una orden de alejamiento y tienes dudas sobre cómo proceder, no improvises. Estamos disponibles para asesorarte y evitar que un error de comunicación se convierta en un problema penal grave. La prudencia y el respeto absoluto a la orden judicial son siempre el mejor camino.


